Bases del procedimiento de selección
1 .- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto de la presente convocatoria, de acuerdo con la Resolución
de Alcaldía 539/2012
de 21 de Diciembre, es la selección, con carácter de urgencia, para cubrir una
plaza de funcionario/
a interino/a de programa para ocupar el puesto técnico-coordinador deportivo,
en el ámbito del
programa de subvenciones del área de ciudadanía, participación y cultura a
entidades sin ánimo de
lucro para la promoción de la participación social solidaria, en su apartado
relativo a a contratación
de técnicos y dinamizadores deportivos para el fomento de la actividad
física y el deporte.
El régimen de nombramiento es de Funcionario/a Interino/a de programa, en razón
de la
circunstancia de ejecución del programa anteriormente expresado, (Orden de la Consejería de
Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía, publicada en el Boletín Oficial de la
Junta
de Andalucía número 252 de 28 de Diciembre de 2010), todo ello al amparo de lo dispuesto
en el
artículo 10.1.c de la Ley 712007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del
Empleado Público, y en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 55 la misma Ley; el artículo
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del Real Decreto 36411.995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y la
Orden
APU 1461/2002, de 6 de junio, donde de establecen las normas para la selección y nombramiento
de
personal funcionario interino.
El objeto de la presente convocatoria es la provisión, por el
sistema de concurso-oposición,
de una plaza, a jornada parcial, en razón de trece horas semanales
distribuidas de lunes a viernes,
de Técnico Coordinador Deportivo para el Ayuntamiento de Umbrete en
el ejercicio 2013, sujeto
en sus características y retribuciones a lo dispuesto en el mencionado
programa. Dada la sujeción
al programa de subvención indicado, cualquier modificación del mismo, en
cuanto a la asignación
económica o a la jornada de trabajo, será de inmediata aplicación al puesto y
al empleado que lo
ocupe.
Este procedimiento selectivo se efectúa a fin de cumplir lo establecido en
el art. 55 de la
Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Los
nombramientos tendrán la
duración del programa o servicio subvencionado con un objeto concreto y
específico que depende de
la mencionada convocatoria de subvención de la Excma. Diputación de
Sevilla.
El inicio de las actividades tendrá lugar en la temporalización del programa subvencionado
al Ayuntamiento de Umbrete, para el ejercicio 2013, a fin de poder justificar las cantidades
desembolsadas por la Excma. Diputación de Sevilla, para esta finalidad y en los plazos previstos.
Las presentes Bases se harán públicas en los Tablones de Anuncios Municipales y en la página
web del
Excmo. Ayuntamiento de Umbrete (www.umbrete.es).
2.- REQUlSlTOS DE LOS ASPIRANTES:
Para ser
admitido/a en las pruebas selectivas, los/las aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos el
último día del plazo de presentación de instancias:
A) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio
de la posibilidad de participación de los nacionales
de los Estados miembros de la Unión Europea,
con las excepciones establecidas en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
B)
Tener la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
C) Tener cumplidos dieciséis años y no
exceder, en su caso, de la edad máxima legal de jubilación
forzosa.
D) No haber sido separado
mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, o de
los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Aut6nomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el
acceso al Cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaba
en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado
o inhabilitado. En el caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente, ni haber sido sometido
a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en
los mismos términos, el acceso al
empleo público.
E) Poseer la titulación mínima de Ciclo Formativo de Grado Superior en Técnico
Superior en
Animación Fïsica y Deportiva o Maestro de Educación Fïsica. Se considerarán admisibles
titulaciones
de ámbito superior en el ámbito educativo.
3.- SOLICITUDES:
Los interesados deberán
solicitar su participación en la convocatoria, presentando instancia
en el Registro General del
Ayuntamiento de Umbrete hasta el día 17 de Enero de 2013, en horario de
08:45 a 14:15 horas,
debidamente cumplimentada, a la que se acompañará:
a) Fotocopia del DNI y de la Tarjeta de la
Seguridad Social
b) Fotocopia compulsada de la titulación mínima exigida, o superior.
c) Curriculum
vitae, acompañado de los certificados de formación, contrato de trabajo, certificado
de empresa,
certificado de vida laboral así como cualesquiera otros méritos que consideren
oportunos para su
valoración con las acreditaciones correspondientes para la valoración de éstos, y
manifestando que
reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria.
e) Igualmente, habrán de
aportar el justificante de pago de los derechos de examen, que ascienden
a la cantidad de 30,00.-€ y
que deberá ingresarse en cualesquiera de las sucursales bancarias del
municipio de Umbrete, en las
cuentas abiertas a nombre del Ayuntamiento de Umbrete, debiendo
consignar en el ingreso el nombre
del aspirante, aún cuando el ingreso haya sido efectuado por
persona distinta, indicando el NIF y
plaza a la que opta
Para la admisión de cualquier solicitud enviada por correo postal será preciso
el envío,
dentro del plazo establecido, de una comunicación por fax (955715721) o correo electrónico
(umbrete@dipusevilla.es) haciendo constar el hecho envío de la documentación y justificación del
mismo.
El día, hora y lugar de inicio de las pruebas, así como la lista de aspirantes admitidos y
excluidos, se insertara en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, sito en Plaza de la Constitución
nº8, y se señalará un plazo de dos días para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u
omisión. Se podrá prescindir del trámite de la lista provisional de admitidos y excluidos cuando no
exista ninguno/a en cuyo caso se aprobará definitivamente la lista de admitidos/as.
4.- SISTEMA DE
SELECCIÓN:
El procedimiento selectivo se efectuará mediante concurso-oposición, constando de las
siguientes
fases;
4.1.- Oposición: Prueba escrita relacionada con el puesto a desempeñar, con un
máximo de 5 puntos.
Esta prueba tendrá carácter eliminatorio, de manera que no podrán pasar a la
fase de concurso los
candidatos que no obtenga en la prueba escrita la puntuación de, al menos, 2,5
puntos.
4.2 – Concurso:
4.2.1 Cursos:
Por formación recibida o impartida en Cursos, Seminarios,
Congresos y Jornadas, siempre que se
encuentren directamente relacionados con las tareas a
desarrollar y que hayan sido impartidos
por Organismos Públicos, Organizaciones Sindicales o
Colegios Profesionales y Entidades privadas
homologadas al efecto por las Administraciones Públicas,
acreditado mediante el título oficialmente
expedido, o en su caso, certificación expedida por el
Organismo competente, en ambos casos con
especificación de las horas que se valoraron, hasta un
máximo de 2 puntos, en la forma siguiente:
- Cursos de 20 a 40 horas: 0,05 puntos.
- Cursos de 41 a
60 horas: 0,10 puntos.
- Cursos de 61 a 100 horas: 0,5 puntos.
- Cursos de 101 a 150 horas: 0,20
puntos.
- Cursos de 151 a 300 horas: 0,25 puntos.
- Cursos de 301 a más horas: 0,30 puntos.
No se
valorarán aquellos cursos en los que no se acredite el número de horas.
4.2.2.- Entrevista Personal:
Esta fase consistirá en una entrevista personal, en la que se valorara la aptitud, las
competencias,
las actitudes, y el grado de conocimiento teórico-practico del aspirante en relación
con el puesto a
cubrir y tareas a desarrollar. La fase de entrevista se iniciará por orden alfabético. La
puntuación
máxima a obtener en dicha entrevista será de 3 puntos.
5.- ACREDITACIÓN DE LOS MÉRITOS:
Los méritos
aportados serán acreditados mediante la presentación de la siguiente documentación:
Para los Cursos:
Diploma o certificación de asistencia, expedido por el Organismo Público, Entidad o
Centro
correspondiente, donde consten las horas lectivas del Curso, Jornada o Seminario, y tengan
relación
directa con las materias propias de la categoría que nos ocupa, los cuales se acreditaran con
fotocopia compulsada.
6.- PUNTUACIÓN FINAL:
La calificación definitiva se obtendrá sumando la
puntuación obtenida en las 3 fases anteriormente
indicadas, elevando el Tribunal a la Corporación,
propuesta en orden de mayor a menor puntuación
de aspirantes aprobados.
7.- LISTA DE RESERVA:
El
Tribunal podrá establecer una lista de reserva, de forma que si tuviese lugar la renuncia
o el cese
del funcionario por cualquier causa legal, o para cubrir una vacante que se produzca por
Incapacidad
Temporal o cualquier otra causa que haga necesario su provisión, pudiera proveerse la
plaza en
función del orden de puntuación obtenida.
8.- TRIBUNAL CALIFICADOR
De acuerdo con lo establecido en
el artículo 60.1 del Estatuto Básico del Empleado Público,
los órganos de selección serán
colegiados, y su composición deberá ajustarse a los principios
de imparcialidad y profesionalidad de
sus miembros. El Tribunal Calificador, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 60.2 y 3 del
citado Estatuto Básico, estará compuesto por los siguientes
miembros, quienes pertenecerán al órgano
de selección siempre a titulo individual, no pudiendo
ostentarse la pertenencia en representación o
por cuenta de nadie.
Presidente:
Ana Belén Jiménez Castilla.
Secretario:
Francisco J. Valenzuela
Medina.
Vocal 1:
Francisco Rodriguez Agredano.
Vocal 2 :
Designado por Diputación de Sevilla.
Suplente Presidente:
Enrique Castilla Polvillo.
Suplente Secretario:
Gabriel Díaz Ramos.
Suplente
Vocal 1:
Israel Molina España
Suplente Vocal 2:
Designado por Diputación de Sevilla.
9.-INCIDENCIAS.
El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas e incidencias puedan plantearse, no
recogidas en las presentes Bases, así como adoptar los acuerdos necesarios para el correcto
desarrollo
de la presente convocatoria.