PROGRAMA ADICIONAL EXTRAORDINARIO DE AYUDA A LA CONTRATACIÓN

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PROGRAMA ADICIONAL EXTRAORDINARIO DE AYUDA A LA CONTRATACIÓN

23/11/2015

Programa de la Diputación de Sevilla

PROGRAMA ADICIONAL EXTRAORDINARIO DE AYUDA SOCIAL A LA CONTRATACIÓN

El Ayuntamiento de Umbrete, mediante resolución de alcaldía número 674/2015, dictó adherirse al Programa que la Excma. Diputación Provincial de Sevilla ha publicado en el BOP número 264 del día 13 de noviembre de 2015, las bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones del Programa Adicional Extraordinario de Ayuda Social a la Contratación para los Municipios y Entidades Locales Autónomas (ELAs) de la Provincia de Sevilla con objeto de procurar la colaboración entre la citada Diputación, los Ayuntamientos y Entidades Locales para mejorar el bienestar y la calidad de vida de los habitantes de la provincia de Sevilla, especialmente aquellos más desfavorecidos que se están viendo afectados por los efectos de las crisis económica.

Los objetivos inmediatos del Programa son:

‐ Facilitar recursos a familias con grave problemática socioeconómica.

‐ Mejorar situaciones de exclusión social.

‐ Dotar a la población con dificultades sociales y con personas a su cargo de estrategias y técnicas económicas adaptadas a la actual crisis económica.

‐ Incrementar las posibilidades de incorporación en el mercado laboral a mujeres en situación de riesgo, con carácter preferente víctimas de violencia de género.

‐ Contratar a jóvenes con dificultades sociales que les impidan continuar con sus estudios universitarios.

‐ Realizar pequeñas obras de interés social y para la Comunidad.

La finalidad del programa es:

‐ Ofrecer contrataciones de carácter temporal a personas que padezcan problemáticas socioeconómicas graves que cumplan los requisitos de las bases.

‐ La duración del programa será hasta el 30 de abril de 2016.

‐ Los/as beneficiarios/as serán contratados como Peón Servicio de la Vía Pública y Jardines.

‐ El número de personas a contratar por mes, vendrá determinado por las necesidades del servicio.

‐ La financiación de cada contrato incluido en el programa no superará, incluyendo las cotizaciones a la seguridad social, los 1.000,00 € cómputo mensual, o su equivalente proporcional en caso de contratos de diferente duración al mes.

A) Beneficiarios y requisitos:

‐ Acreditar la situación de desempleo.

‐ Estar empadronado en Entidades Locales de la Provincia de Sevilla a 1 de enero de 2015.

‐ Pertenecer a una unidad familiar en umbrales económicos inferiores a:

* Para unidades familiares de una sola persona, inferior al IPREM (532,51 €).

* Para unidades familiares de dos y tres miembros, inferior al 1,5 veces del IPREM (798,76 €).

* Para unidades familiares de cuatro o más miembros, inferior al 2 veces el IPREM (1.065,02 €).

IPREM diario 17,75 €

IPREM mensual 532,51 €

IPREM anual 6.390,13 €

A los efectos de esta convocatoria, se entiende, por unidad familiar la que se contempla en el art. 82 de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con las siguientes matizaciones:

* En el caso de matrimonio no separado legalmente, la integrada por los cónyuges y, si los hubiere: los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientemente de éstos. Los hijos solteros menores de 25 años y mayores incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.

* En defecto de matrimonio (parejas de hecho registradas formalmente), o en los casos de separación legal, la formada por el padre y/o madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otra y reúnan los requisitos señalados para la modalidad anterior.

* No se considerarán incluidos en la Unidad Familiar a otros miembros de la familia extensa, aunque convivan en el mismo domicilio.

* Ninguna persona podrá formar parte de más de una unidad familiar.

 

Tendrán prioridad aquellas personas pertenecientes a unidades familiares que tengan menores o personas dependientes a su cargo y

miembros de unidades familiares que no hayan tenido durante 2015 un contrato de trabajo correspondiente al Programa Extraordinario de Urgencia Social Municipal de la Diputación . Igualmente serán prioritarios los contratos en algún miembro de las unidades familiares en las que convivan jóvenes que tengan dificultades económicas para continuar sus estudios universitarios.

 

B) Documentación a entregar:

* Fotocopia del D.N.I. del solicitante.

* Fotocopia de la Tarjeta de la Seguridad Social del/la solicitante.

* Fotocopia de la Tarjeta de Demanda de Empleo del /la solicitante.

* Certificado de no estar percibiendo actualmente prestación o subsidio, en su defecto del importe y periodo de percepción de TODA LA UNIDAD FAMILIAR.

* Certificado de la Seguridad Social de no figurar como titular de pensiones, o en su defecto concepto y cuantía de TODA LA UNIDAD FAMILIAR.

* Justificación de ingresos mensuales de aquellos miembros que lo perciban (pensiones, prestación por desempleo, autónomos, nóminas, baja por enfermedad, …..)

* En el caso de familia monoparentales, fotocopia de la sentencia judicial de separación o divorcio que acredite la guarda y custodia de los menores a favor de la persona solicitante, así como el convenio regulador o auto de medidas provisionales donde conste las pensiones compensatorias y/o alimentos.

* En el caso de que el solicitante tenga personas dependientes a su cargo, fotocopia de la Resolución emitida por la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, que acredite la aprobación del Programa Individual de Atención referido a la persona solicitante en situación de dependencia.

En todo caso, el Ayuntamiento de Umbrete podrá requerir de oficio cualquier otra documentación que se estime conveniente, así como tramitar por sí mismo cuantas gestiones sean necesarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos.

Plazo de presentación de solicitudes:

La fecha límite de presentación de solicitudes (instancia) y documentos, será las 14:00 horas del día 02 de diciembre de 2015 y serán entregadas en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Umbrete. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de plazo.

Las solicitudes que estén completas, serán valoradas a través de entrevista personal por orden de Registro de Entrada. Las condiciones socioeconómicas que determinen la selección de una persona han de mantenerse hasta la finalización de su contrato, su alteración podrá ser causa de resolución del mismo.

Los encargados de evaluar a las personas destinatarias, conforme a los criterios de las Bases, serán los/as Técnicos/as de los Servicios Sociales Comunitarios y del Punto de Información a la Mujer del Ayuntamiento de Umbrete, previo Informe Social. Desde estos servicios se determinará tanto los beneficiarios/as, como la distribución y duración de los Contratos.

 

Umbrete, 18 de noviembre de 2015.

Fdo.: Joaquín Fernández Garro