Programa Extraordinario de Urgencia Social Municipal

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Programa Extraordinario de Urgencia Social Municipal

14/01/2013

Esta iniciativa, puesta en marcha por el Ayuntamiento y la Diputación de Sevilla, servirá para prestar apoyo a las familias más desfavorecidas de nuestro municipio

El Ayuntamiento de Umbrete, mediante resolución de alcaldía número 8/2013, dictó adherirse al Programa que la Excma. Diputación Provincial de Sevilla ha publicado en el BOP número 5 del día 8 de enero de 2013, las bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones del Programa Extraordinario de Urgencia Social Municipal para los Municipios y Entidades Locales Autónomas (ELA) de la Provincia de Sevilla, con objeto de procurar la colaboración entre la citada Diputación y los Ayuntamientos y Entidades Locales para mejorar el bienestar y la calidad de vida de los habitantes de la provincia de Sevilla, especialmente aquellos más desfavorecidos que se están viendo afectados por los efectos de la crisis económica.

 

Los objetivos inmediatos del Programa son:

 

* Facilitar recursos a familias con problemáticas socioeconómicas.

* Mejorar situaciones de exclusión social.

* Incrementar las posibilidades de incorporación en el mercado laboral a mujeres en situación de riesgo, con carácter preferente víctimas de violencia de género.

 

La finalidad del Programa es:

 

* Ofrecer contrataciones de carácter temporal a personas que padezcan problemáticas socioeconómicas graves que cumplan los requisitos de las bases.

* La duración del programa será hasta el 15 de julio de 2013.

* El importe máximo de la contratación será el del Salario Mínimo Interprofesional para 2013, establecido en 641,40 €/mes (brutos).

* Los /as beneficiarios/ as serán contratados como Peón Servicio de la vía Pública y Jardines.

* El número de personas ha contratar por mes, vendrá determinado por las necesidades del servicio.

 

A) Beneficiarios y requisitos:

 

- Estar empadronado en el Municipio de Umbrete con una antigüedad mínima de 2 años sin interrumpir en el inicio del plazo de presentación de solicitudes.

- Acreditar la situación de desempleo.

- Los ingresos de toda la unidad familiar han de estar en umbrales económicos inferiores al 1,5 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual, es decir por debajo de 798,76 €/mes.

 

IPREM diario 17,75 €

IPREM mensual 532,51€

IPREM anual 6.390,13 €

 

* A los efectos de esta convocatoria, entendemos por Unidad Familiar los cónyuges no separados legalmente, y si los hubiere, los hijos menores, exceptuándose los hijos menores que viven independientemente de los padres con el consentimiento de estos; y el padre, o la madre, soltero/a, viudo/a, divorciado/a o separado/a legalmente, y los hijos menores que con él, o ella, convivan. No se consideran incluidas en la Unidad a otros miembros de la familia extensa, aunque convivan en el mismo domicilio.

 

* Tendrán prioridad aquellas personas pertenecientes a unidades familiares que tengan menores o personas dependientes a su cargo.

 

B) Documentación a entregar:

 

 

-Fotocopia del D.N.I.: del/la solicitante

-Fotocopia de la Tarjeta de la Seguridad Social del /la solicitante

 

 

 

 

REFERIDA A TODOS LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR

 

* Solicitar en el SAE (INEM):

 

-Tarjeta de la Demanda de Empleo (entregar fotocopia).

-Certificado de no estar percibiendo actualmente prestación o subsidio, en su defecto del importe y periodo de percepción.

 

* Solicitar en la Tesorería General de la Seguridad Social:

 

-Certificado de Vida Laboral actualizado (también podrán solicitarla llamando al 901502050)

-Certificado de la Seguridad Social de no figurar como titular de pensiones, o en su defecto concepto y cuantía.

 

* Justificación de los ingresos mensuales de aquellos miembros que lo perciban (pensiones, prestación por desempleo, autónomos, nómina, baja por enfermedad, .................)

 

* En el caso de familias monoparentales, fotocopia de la sentencia judicial de separación o divorcio que acredite la guarda y custodia de los menores a favor de la persona solicitante, así como el convenio regulador o auto medidas provisionales donde consten las pensiones compensatorias y/o de alimentos.

 

* En el caso de que el solicitante tenga personas dependientes a su cargo, fotocopia de la Resolución emitida por la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, que acredite la aprobación del Programa Individual de Atención referido a la persona solicitante en situación de dependencia.

En todo caso, el Ayuntamiento de Umbrete podrá requerir de oficio cualquier otra documentación que se estime conveniente, así como tramitar por sí mismo cuantas gestiones sean necesarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos.

Plazo de presentación de solicitudes:

La fecha límite de presentación de solicitudes (instancia) y documentos, será las 14:15 horas del día 25 de enero de 2013 y serán entregadas en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Umbrete.

 

Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo.

 

En caso de falta de presentación en plazo de los documentos exigidos, se requerirá por parte de la Delegación de Servicios Sociales (vía telefónica) para que en el plazo de tres días laborales procedan a su subsanación por escrito en el Registro Municipal y si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidas su solicitud.

 

Las solicitudes que estén completas, serán valoradas a través de una entrevista personal por orden de Registro de Entrada.

 

Los encargados de evaluar a las personas destinatarias, conforme a los criterios de las Bases, serán los/as Técnicos /as de los Servicios Sociales Comunitarios y del Punto de Información a la Mujer del Ayuntamiento de Umbrete, previo Informe Social. Desde estos servicios se determinará tanto los beneficiarios /as, como la distribución y duración de los contratos.

 

El número de contrataciones estará limitado al importe total de la subvención concedida 33.936,79 €.